Respuesta rápida
Con un cambio de gobierno, la app municipal no se detiene: el contrato lo firmó el ayuntamiento, que tiene personalidad jurídica propia, y sigue vigente hasta su fecha de fin. El riesgo real no está en las elecciones, sino en tres descuidos: cuentas de las tiendas a nombre del proveedor, contratos de mantenimiento que vencen sin relevo preparado y una app que solo entiende una persona.
Cada cuatro años alguien en el ayuntamiento se pregunta qué pasa con la app municipal en un cambio de gobierno: si el nuevo equipo puede quitarla o si los avisos dejan de salir. En Comboi Labs, un estudio de software de Benissa (Alicante) autor de la app oficial del Ayuntamiento de Benissa, publicada en App Store, Google Play y como web instalable, nos lo preguntan a menudo. Aquí va la respuesta, con la norma que la sostiene y lo que conviene dejar atado antes de las municipales de mayo de 2027.
Qué pasa con la app municipal cuando cambia el gobierno
Cuando cambia el gobierno, la app municipal sigue funcionando igual, porque es un servicio del ayuntamiento y no del equipo que gobierna. El artículo 11.1 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL), lo dice en una línea:
«El Municipio es la Entidad local básica de la organización territorial del Estado. Tiene personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.»
Traducido: quien firma el contrato de desarrollo o de mantenimiento es el ayuntamiento, no el alcalde ni el concejal que lo impulsó. Ese contrato sigue vigente con el gobierno nuevo, con sus mismos plazos y sus mismas obligaciones para las dos partes.
El gobierno entrante decide qué se publica y qué hacer cuando el contrato venza: prorrogarlo, licitar otro o dejarlo. Lo que no puede hacer es romper un contrato en vigor porque no le guste a quién se adjudicó: la ley de contratos solo permite resolverlo por las causas y con el procedimiento que ella misma prevé.
Las semanas entre las elecciones y la toma de posesión
Entre las elecciones y la toma de posesión, la app sigue como cualquier servicio ordinario: los avisos salen y el mantenimiento continúa. El artículo 194.2 de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General (LOREG), fija el límite de esas semanas:
«Una vez finalizado su mandato los miembros de las Corporaciones cesantes continuarán sus funciones solamente para la administración ordinaria hasta la toma de posesión de sus sucesores, en ningún caso podrán adoptar acuerdos para los que legalmente se requiera una mayoría cualificada.»
Avisar de un corte de agua es administración ordinaria; firmar un contrato para ampliar la app, mejor dejárselo a quien vaya a gobernar. Y antes, durante la campaña, rigen las limitaciones a la publicidad institucional que explicamos en cuántas notificaciones push mandar desde el ayuntamiento: la app sirve para avisar, no para presumir de obra.
Cuando se acaba el contrato de mantenimiento
El momento delicado no son las elecciones, sino el día en que vence el contrato de mantenimiento, porque una app sin mantenimiento deja de actualizarse y las tiendas acaban limitándola o retirándola. La duración máxima depende del tipo de contrato, según la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP):
| Tipo de contrato | Duración máxima | ¿Se puede prorrogar? | Qué vigilar |
|---|---|---|---|
| Contrato menor (hasta 15.000 € sin IVA en servicios) | 1 año (art. 29.8 LCSP) | No | Al año hay que tramitar otro contrato: preparadlo con meses de margen |
| Contrato de servicios de prestación sucesiva | 5 años, prórrogas incluidas, como regla general (art. 29.4) | Sí, si el contrato lo prevé; obligatoria para la empresa si se le avisa con al menos dos meses de antelación (art. 29.2) | La prórroga no puede ser tácita: hay que acordarla expresamente |
| Puente entre contratos | Hasta 9 meses más (art. 29.4) | Solo si la nueva licitación se retrasa por incidencias imprevisibles y su anuncio se publicó al menos tres meses antes del fin del contrato | Si no licitáis a tiempo, no hay puente |
En los tres casos, el relevo se prepara antes del vencimiento. Si el contrato acaba en verano de 2027, es el gobierno saliente quien debe dejar el siguiente en marcha o el anuncio publicado. Los detalles del contrato menor están en hasta dónde llega el contrato menor para una app municipal, y lo que cuesta cada año, en cuánto cuesta mantener una app municipal.
De quién son la app, el código y los datos
Si nada en el contrato dice lo contrario, el código desarrollado a medida es del ayuntamiento: el artículo 308.1 de la LCSP cede a la Administración contratante la propiedad intelectual de lo que se desarrolla en un contrato de servicios, «salvo que se disponga otra cosa» en los pliegos o en el contrato. Esa excepción es la que hay que buscar en la letra pequeña, y la explicamos con calma en qué preguntarle a un proveedor antes de firmar.
Con los datos de los vecinos pasa algo parecido: el ayuntamiento es el responsable del tratamiento y el proveedor, un encargado que trata los datos por cuenta del ayuntamiento. Cuando el proveedor cambia, los datos se quedan; el que se va tiene que devolverlos o suprimirlos, a elección del ayuntamiento, como exige el artículo 28 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Lo contamos en RGPD en una app municipal.
En una plataforma de suscripción, en cambio, el código es del proveedor: si se deja de pagar, la app se apaga. Lo comparamos en app municipal propia o plataforma.
Las cuentas de App Store y Google Play: donde más apps se pierden
La app de las tiendas vive dentro de una cuenta de desarrollador, y quien tiene esa cuenta controla la app aunque el código sea del ayuntamiento. Si la app se publicó con la cuenta del proveedor, cambiar de proveedor obliga a pedirle que la traslade a otra cuenta, y ese trámite lo tiene que iniciar el titular actual. Con un proveedor que no colabora, es un problema serio.
La solución es que la cuenta sea del ayuntamiento desde el primer día. Las dos tiendas lo permiten:
- Apple. El Apple Developer Program admite organizaciones con entidad jurídica propia. Según su página de ayuda sobre el número D-U-N-S (el identificador de empresas de Dun & Bradstreet), ese número es obligatorio para empresas y centros educativos pero opcional para organismos públicos. La persona que da de alta la cuenta tiene que poder obligar a la organización.
- Google Play. Las cuentas de organización piden el número D-U-N-S para verificar la identidad. Si un organismo público no lo tiene, la ayuda de Play Console indica que contacte con el soporte durante el registro para que le ayuden a verificarse.
Datos revisados en octubre de 2026; las tiendas cambian estos requisitos a menudo. El proveedor puede administrar las cuentas, pero el titular es el ayuntamiento, igual que del dominio y del servidor.
Cómo cambiar de proveedor sin que la app deje de funcionar
Cambiar de proveedor sin cortes es posible si se hace en este orden y con unos meses de margen:
- Inventario. Haced la lista de todo lo que forma la app: código, cuentas de las tiendas, dominio, servidor, base de datos, servicio de notificaciones y contraseñas. Anotad el titular de cada cosa.
- Titularidad. Lo que esté a nombre del proveedor saliente, pasadlo al ayuntamiento mientras el contrato sigue vigente y la relación es buena.
- Código y documentación. Pedid una copia del código fuente actualizado y la documentación para desplegarlo.
- Licitación a tiempo. Tramitad el nuevo contrato antes de que venza el actual. Si vais por procedimiento abierto, publicad el anuncio al menos tres meses antes del fin para no perder el puente del artículo 29.4.
- Solape. Dejad unas semanas en las que el proveedor entrante ya tiene acceso y el saliente sigue respondiendo. El plan de salida que debía figurar en el contrato es lo que obliga al saliente a acompañar.
- Prueba de fuego. El cambio está completo cuando el proveedor nuevo publica una actualización en las dos tiendas.
¿Puede otro ayuntamiento o la diputación aprovechar vuestra app?
Sí, y es una forma más de que la app sobreviva a cualquier gobierno: si el ayuntamiento es titular de los derechos, tiene que poder cederla a otras administraciones que la pidan. Lo establece el artículo 157.1 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público:
«Las Administraciones pondrán a disposición de cualquiera de ellas que lo solicite las aplicaciones, desarrolladas por sus servicios o que hayan sido objeto de contratación y de cuyos derechos de propiedad intelectual sean titulares, salvo que la información a la que estén asociadas sea objeto de especial protección por una norma.»
El mismo artículo permite declarar esas aplicaciones de fuentes abiertas y pide a las administraciones que, antes de comprar o desarrollar algo, miren si ya existe una solución reutilizable en el directorio general de aplicaciones. Para un municipio pequeño, la lectura es sencilla: la app propia puede compartirse con pueblos vecinos o con la diputación; la que no es suya, no.
Qué dejar atado antes de las municipales de mayo de 2027
Para que la app pase de una legislatura a otra sin sobresaltos, basta con que estas cinco cosas estén resueltas antes de la campaña:
- Las cuentas de las tiendas, el dominio y el servidor, a nombre del ayuntamiento, con al menos dos personas municipales con acceso.
- Una persona técnica o administrativa responsable de la app, que no dependa del cargo político. Si solo la concejala sabe mandar avisos, la app se queda muda al cambiar el gobierno.
- La fecha de fin del contrato de mantenimiento, apuntada, y el relevo previsto con margen.
- Un documento de una página con qué hace la app, quién la mantiene y dónde están las contraseñas.
- Una copia del código fuente en manos del ayuntamiento, actualizada en los últimos meses.
Nada de esto tiene color político: es lo que se pide a cualquier servicio municipal, que funcione al día siguiente de las elecciones.
Cómo lo planteamos nosotros
En los proyectos municipales que hacemos, el código, los datos y las cuentas de las tiendas van a nombre del ayuntamiento desde el primer día, tal como explicamos en nuestra página de apps para ayuntamientos. Nosotros tenemos acceso para mantener la app, pero no la llave. Si mañana el ayuntamiento quiere cambiar de proveedor, tiene que poder hacerlo sin pedirnos permiso.
También preferimos formar a una persona de la plantilla para publicar avisos, en lugar de depender del concejal de turno o de nosotros, y avisar con tiempo cuando un contrato está cerca de vencer. Si queréis saber cómo se nos contrata, está todo en cómo contratar a Comboi Labs desde un ayuntamiento.
Preguntas frecuentes
¿Puede el nuevo gobierno cancelar la app municipal?
Puede dejar de usarla o no renovar el contrato cuando venza, pero no romper un contrato en vigor solo por haber cambiado el gobierno. El contrato lo firmó el ayuntamiento y obliga a las dos partes hasta su fin. La Ley de Contratos del Sector Público solo permite resolverlo antes por las causas y con el procedimiento que ella misma prevé.
¿Qué pasa con la app si el proveedor cierra?
Si el ayuntamiento es titular del código y de las cuentas de las tiendas, la app sigue publicada y otro proveedor puede retomarla con la documentación. Si las cuentas están a nombre del proveedor que ha cerrado, recuperar la app puede ser muy difícil. Por eso conviene que la titularidad sea municipal desde el primer día, no cuando surge el problema.
¿Se puede prorrogar un contrato menor de mantenimiento?
No. Según el artículo 29.8 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, los contratos menores no pueden durar más de un año ni prorrogarse. Al terminar hay que tramitar un contrato nuevo, que puede ser otro contrato menor si se cumplen sus requisitos o un procedimiento abierto si el mantenimiento se quiere asegurar varios años.
¿Necesita el ayuntamiento un número D-U-N-S para publicar la app?
En App Store, no necesariamente: Apple lo exige a empresas y centros educativos, pero lo considera opcional para organismos públicos. En Google Play, las cuentas de organización lo piden, y si un organismo público no lo tiene, la ayuda de Play Console indica contactar con el soporte durante el registro. Requisitos revisados en octubre de 2026.
¿Quién debe gestionar la app dentro del ayuntamiento?
Una persona de la plantilla, técnica o administrativa, con un sustituto, y no solo el concejal del área. Así los avisos siguen saliendo aunque cambie el gobierno. El cargo político decide qué se comunica; la persona de la plantilla sabe cómo publicarlo y conoce al proveedor. Dos personas con acceso evitan que la app dependa de las vacaciones de nadie.
Este artículo es informativo y no es asesoramiento jurídico. Normas comprobadas en el BOE y requisitos de las tiendas revisados en octubre de 2026. Antes de decidir, contrastadlo con la secretaría de vuestro ayuntamiento.